Tras sobreseer al ex secretario General de la Unión Obrera de la Construcción Argentina (Uocra) La Plata, Juan Pablo "Pata" Medina, por declararse nula la causa en la que se lo acusó por asociación ilícita, lavado de dinero y extorsión, el juez Federal Alejandro Esmoris envió copia de su resolución al Consejo de la Magistratura, y pidió que se investigue la actuación del titular del Juzgado Federal de Quilmes, Luis Armella.
Esmoris fue contundente. En el fallo se ordena extraer copia y remitir al Consejo de la Magistratura de la Nación, conforme lo previsto en el Reglamento de la Comisión de Disciplina y Acusación, detalle de la actuación del titular del Juzgado Federal en lo Criminal Correccional de Quilmes, Luis Antonio Armella.
Sin dudarlo, el Tribunal enumeró "actos del magistrado instructor que afectaron la garantía de juez imparcial" y destacó "el indudable y evidente interés que tenían los representantes de los distintos estamentos políticos y de la actividad relativa a la construcción centralizada en la ciudad de La Plata en el armado de causas judiciales en las que Medina resultare legitimado pasivo".
En esa línea, en el fallo se reseñaron "los diversos contactos telefónicos y personales que esas personas mantuvieron con el juez instructor y con el secretario que intervino" y se destacó que "no quedan dudas que tal garantía se vio afectada en el trámite inicial de este legajo, habida cuenta que el juez que participó en su instrucción se mostró interesado en el proceso".
"Su actuar no estuvo regido por la indiferencia que debe gobernar las decisiones jurisdiccionales, en el sentido de que estuvo determinado o, al menos, influenciado, por los intereses asumidos por ciertos funcionarios en aquella reunión celebrada el 15 de junio de 2017 en la sede capitalina del Banco de la Provincia de Buenos Aires (causa que se denominó conocida como "Gestapo")", afirmó Esmoris.
El Tribunal expresó que "en el plan de criminalización orquestado contra el nombrado se encontró comprometido desde sus albores el juez Armella, pues el 22 de mayo de 2017, es decir, en forma previa a la recepción de la denuncia anónima que dio origen a esta encuesta, mantuvo contacto con el funcionario del servicio de inteligencia, De Stefano" y luego se citan comunicaciones posteriores.
"Todas las circunstancias objetivas reseñadas resultan ilustrativas de cómo se ha lesionado la separación de poderes", señala el fallo y agrega que "su ausencia en el ejercicio de la magistratura en el caso concreto sometido a decisión, implica un vicio esencial que impone la declaración de la nulidad reclamada".
En su presentación, los abogados indicaron que en la filmación de esa reunión queda claro la ilegalidad de las pruebas que dieran origen a la investigación y que fueron la base de órdenes de allanamiento y secuestro, además del dictado del procesamiento con prisión preventiva. Encuentro del que estuvieron el entonces ministro de Trabajo bonaerense Marcelo Villegas y el subsecretario de Justicia Adrián Grassi; el intendente de La Plata, Julio Garro; el senador provincial de Juntos por el Cambio Juan Pablo Allan y los entonces directivos de la AFI Sebastián De Stefano, Darío Biorci y Diego Dalmau Pereyra.