¿Qué está prohibido durante la veda electoral?
Los actos públicos de campaña o cualquier otra actividad proselitista
Tener abiertas las casas destinadas al expendio de cualquier clase de bebidas alcohólicas hasta transcurridas tres horas del cierre del comicio.
Ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio dentro de un radio de 80 metros de las mesas receptores de votos, contados sobre la calzada, calle o camino
Los espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados, fiestas teatrales, deportivas y de toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral, durante su desarrollo y hasta pasadas 3 horas de ser clausurado
Está prohibido vender bebidas alcohólicas durante la veda electoral
A los electores, la portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos durante el día de la elección, 12 horas antes y 3 horas después de finalizada
La apertura de organismos partidarios dentro de un radio de ochenta (80) metros del lugar en que se instalen mesas receptoras, de votos.
Asimismo, no se podrá instalarán mesas receptoras a menos de ochenta (80) metros de la sede en que se encuentre el domicilio de los Partidos Políticos reconocidos
También está prohibida la difusión de publicidad electoral, televisiva, radial, en internet y en medios gráficos
Publicar o difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de la elección durante la realización del comicio y hasta tres horas después de su cierre.
¿Desde cuándo no se puede vender alcohol?
Una de las restricciones establecidas en la ley 19.945 es el horario de venta de bebidas alcohólicas. De acuerdo con esta normativa, se prohíbe la venta de alcohol desde doce horas antes y hasta tres horas después de finalizado el acto eleccionario.
De esta manera, no se podrá vender más alcohol desde las 20 horas del sábado 21 de octubre hasta las 21 horas del domingo.
¿Hasta qué hora dura la veda electoral?
La veda termina a las 21 horas del domingo, para evitar cualquier tipo de incidentes con las personas que aún se encuentren en los centros de votación, incluso después de las 18, cuando se cierran las urnas.
El horario de votación
Las mesas de votación estarán habilitadas desde las 8 hasta las 18, según definió la Cámara Nacional Electoral. A las 18 horas se cierran las puertas de los centros de votación y las autoridades de mesa deberán esperar que todas las personas que ingresaron puedan ejercer su derecho al voto.
En caso de demoras u otros imprevistos excepcionales, la Justicia tiene la facultad de extender el horario de votación durante la jornada.
¿Cuáles son los documentos válidos para votar en las elecciones 2023 del 22 de octubre?
Los documentos válidos para votar son, según información de la Cámara Nacional Electoral:
Libreta de enrolamiento/libreta cívica
DNI libreta verde
DNI libreta celeste
Tarjeta del DNI libreta celeste, que contiene la leyenda “No válido para votar”.
DNI tarjeta
Cabe señalar que no se permite el uso del DNI en el celular ni de un documento cuyo ejemplar sea anterior al que figura en el padrón electoral, aunque sí los electores podrán sufragar si presentan una versión posterior al documento registrado en la nómina oficial.
¿Cuándo se conocerán los resultados de las elecciones 2023?
Según confirmó el titular de la Dirección Nacional Electoral, Marcos Schiavi, a Infobae, los primeros resultados de las elecciones presidenciales se difundirán el domingo a partir de las 22.30.