
De esta manera, suspendió las actuaciones, procedimientos y actos administrativos que autoricen o propendan a la repavimentación del Camino Negro”, reconociendo la necesidad del cuidado y la protección de la biodiversidad que actualmente se encuentran en peligro y el tratamiento del suelo que pertenece al área.
En su fallo, la Jueza considera la necesidad de dar cumplimiento a todo lo necesario para el mantenimiento de la categoría de Reserva de Biosfera en el marco del Programa MAB de la Unesco y reconoce que la ex ruta 19 se encuentra zona roja, es decir, en una zona que es Intangible y señala que el Camino Negro forma parte de la Reserva de Biosfera.
La Jueza al dictar sentencia tuvo en cuenta las consideraciones realizadas por la Asamblea, representada por el letrado Aníbal Falbo, en el marco de la Clínica Jurídica de Derecho Ambiental de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la UNLP. Este es un paso fundamental, ahora más que nunca es necesario redoblar los esfuerzos para avanzar en el resguardo de la Reserva de Biosfera Pereyra Iraola, detallaron desde la Asamblea.